sábado, 24 de noviembre de 2012

4.2 Normas internacionales

Las normas, (también “estándares”, o “recomendaciones”), son de aplicación voluntaria, se usan o no se usan en función de los objetivos de producción y mercado. Su condición de voluntarias trata de no poner condicionamientos a la innovación.
Sin embargo, estas normas de aplicación voluntaria acaban convirtiéndose en normas de obligado cumplimiento cuando así lo establecen las regulaciónes dictadas por las administraciones públicas, cuando lo exigen los clientes o los procesos de diseño internos o cuando se hacen imprescindibles para la interoperabilidad entre fabricantes.
En cualquier caso, la distinción entre normas voluntarias y las obligatorias no está muy clara. A veces incluso, hay normas, reglamentos, etc. gubernamentales que hacen referencia a normas desarrolladas de forma privada. Trataremos aquí las normas de aplicación voluntaria, dejando todo lo referente a información legislativa para el siguiente apartado.
¿Quién hace las normas?
La norma es un trabajo colectivo programado y elaborado por el organismo normalizador, un organismo reconocido en el ámbito nacional, regional o internacional que tiene entre sus funciones la elaboración, la aprobación o la adopción de normas que se ponen a disposición del público.
La redacción de una norma implica por lo general a todos los implicados en la fabricación, uso y disfrute del objeto que se normaliza: fabricantes, usuarios, consumidores, administración pública, expertos, etc. El proceso exacto para la formación de comités técnicos y para el desarrollo y la aprobación de proyectos de normas varía según el organismo normalizador.
ORGANISMOS INTERNACIONALES
ISO – Organización Internacional de Normalización, www.iso.org
IEC – Comisión electrótécnica Internacional, www.iec.ch
ITU – Unión Internacional de Telecomunicaciones, www.itu.int
La adopción de normas internacionales elaboradas en ISO o IEC no es obligatoria para los países miembros de estas organizaciones.

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